En el juicio de concurso mercantil que se lleva a cabo a la aerolínea y sus filiales 432/2010, se informó que se declara que a la fecha ha concluido el término de 10 días hábiles, concedidos al sector inversionista interesado en adquirir y capitalizar dicha empresa.
"Ante el estado crítico en que financieramente se encuentra la concursada y sus filiales, la juez federal, atenta a las facultades legales de que se encuentra investida, sin necesidad de que haya concluido el plazo de diez días hábiles consecutivos, otorgado al inversionista, se reserva la facultad de valorar de forma inmediata el perfil de los interesados", señala.
De esta forma, la jueza giró de inmediato los requerimientos a los entes financieros nacionales correspondientes, sin embargo detalló que mantendrá la confidencialidad debida, hasta que se efectúe el pronunciamiento definitivo.
Lo anterior, aseguró la jueza, "dado el interés público e impacto social que caracterizan al presente asunto, en el que el tiempo no es un factor que favorezca".
En este caso, luego de que se agota esta fase de valoración del inversionista que se estime jurídica y financieramente más apto para la adquisición y capitalización de Mexicana de Aviación y sus filiales, la juez federal adoptará las medidas necesarias para convocar las reuniones correspondientes.
En dichos encuentros, dijo, participarán el nuevo inversionista, los accionistas de Nuevo Grupo Aeronáutico, así como los principales acreedores reconocidos, entre los que se encuentran los trabajadores y aquellos que prestan un servicio catalogado como indispensable en la operación de la aerolínea.
Asimismo, se contará con la intervención del conciliador Gerardo Badín y se orientará a las partes a la celebración del convenio concursal, con el consecuente cumplimiento a la máxima de la ley de concursos mercantiles, que es la conservación de las empresas concursadas, a través de su reinicio de operaciones.
De esta forma, una vez que se seleccione al inversionista de forma definitiva, la juez Alarcón estará en aptitud legal de realizar el pronunciamiento.
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